Despenalización de aborto por violación tiene nudos críticos

TRABAJO. Al interior de la Mesa también hay discrepancias entre asambleístas
TRABAJO. Al interior de la Mesa también hay discrepancias entre asambleístas

El trabajo de la Comisión de Justicia se hace sobre la base del proyecto de Ley presentado por la Defensoría del Pueblo.

El pleno de la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional avanza con el tratamiento del proyecto de Ley que deberá regular el aborto en caso de violación presentado por la exdefensora del Pueblo encargada, Zaida Rubira, en cumplimiento de lo dispuesto por la Corte Constitucional  (CC) a finales de abril del 2021.

El organismo de control constitucional determinó que en el plazo de dos meses de haber sido emitido su dictamen y publicado en el Registro Oficial, la Defensoría del Pueblo presentaría el proyecto donde reconoce el aborto como un derecho para las mujeres, en caso de violación.

El  presidente de la Comisión de Justicia, Alejandro Jaramilo, en diálogo con este medo indicó que se ha trabajado con todas las organizaciones que están inmersos en el tema, a fin de elaborar un documento que reúna todos los criterios y que cumpla con lo que el organismo de control constitucional ha ordenado

Manifestó que tras recibir el proyecto de la Defensoría del Pueblo y avocar conocimiento se ha trabajado realizado talleres para tener los suficientes elementos de juicio para tener listo el informe para el primer debate.

Durante los talleres se determinó que al momento hay nudos críticos que aún se debate: la temporalidad (el tiempo en que se debe hacer la interrupción del embarazo), los requisitos establecidos en el artículo 28 del proyecto y la objeción de conciencia.

Cecilia Medina, directora Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Salud Pública, indicó que el mayor número de solicitudes de aborto que tiene el Ministerio es de niñas, no de mujeres adultas. A la vez, sostuvo que la Secretaría de Estado ya aplica la sentencia de la Corte Constitucional.

Remarcó que aparte de los nudos críticos expresados por Jaramillo, es necesario una norma general o transitoria en la que se obligue al sistema de justicia a capacitarse en la sentencia. Aseguró que ya existe un primer caso de criminalización a médicos que están aplicando la sentencia emitida por la Corte.

Así mismo, pidió reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) en el tema de estupro y que se analice la temporalidad para el proceso de aborto, porque hay mujeres que conocen de su embarazo de forma tardía. Sugirió que en las disposiciones transitorias se considere el período de un año para la elaboración de guías prácticas y metodológicas para abordar esta temática. Además, indicó que el proyecto debe cuidar a las víctimas y no revictimizarlas, a la vez, debe proteger a los equipos de salud.

La asambleísta Esther Cuesta pidió a la Comisión incorporar en el proyecto, la Ley Micaela (de Argentina), adaptándola a la realidad ecuatoriana. Esta consiste en capacitar, de forma obligatoria, a todas las funciones del Estado sobre violencia de género.

No todos en la Comisión están de acuerdo con el proyecto de Ley. Es el caso del asambleísta Ricardo Vanegas (PK), quien por escrito ha solicitado el archivo de la propuesta de Ley por considerar que tanto el dictamen de la Corte Constitucional y el proyecto de Ley de la Defensoría va en contra de la normativa constitucional.

“Una sociedad que no protege lo más delicado que tiene -la vida de sus niños- es una sociedad condenada al envilecimiento y -a la larga- a su posible desaparición debido a la pérdida de sus valores fundamentales. La Asamblea Nacional no puede aprobar un Proyecto de ley fundamentado en el absurdo, representado por este fallo de la Corte Constitucional”, señala en el escrito el legislador.

En tanto,  la ex asambleísta constituyente y representante del conglomerado Plataforma de Mujeres Caminando para la Igualdad, Betty Tola, planteó que los mecanismos para el procedimiento de interrupción del embarazo en caso de violación sean totalmente expeditos para las mujeres y que eso no signifique una revictimización.

“Subrayó que la Ley está estableciendo un procedimiento claro, es decir, que exista un documento en que la mujer que ha sufrido violación pueda suscribir, en cualquiera de las instituciones de salud pública y privada y este sea el único requisito para acceder al procedimiento de aborto por violación”, afirmó, al tiempo de señalar que no está de acuerdo en que se quiera poner cómo requisito que previo al procedimiento del aborto se haga una denuncia ante la justicia ordinaria.

Estadísticas

Datos de la Fiscalía entre 2014 y 2019 señalan que un total de 26.132 niñas y mujeres fueron violadas; es decir se cometieron 14 violaciones cada día. En igual periodo se denunció que 1.362 niñas menores de 10 años fueron violadas, lo que significa que cada 41 horas una niña es violada en el país.

De los 515 mil embarazos adolescentes, 128.995 adolescentes tuvieron su embarazo producto de una violación. 5.046 mujeres han sido judicializadas por haber interrumpido el embarazo producto de una violación. (RR)

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