COE nacional emite una nueva resolución, de cara al feriado de Semana Santa

COE Nacional
Atención. No se emitirán salvoconductos ante las nuevas restricciones de movilidad.

COE Nacional dispone circulación por placas, cierre de playas y restricción de venta de bebidas alcohólicas. Conoce qué días puedes circular.

Los domingos estará prohibida la venta y expendio de bebidas alcohólicas, así lo dispuso el Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias (COE) Nacional. La medida aplica desde el domingo 4 de abril, hasta que dispongan cambios.

Feriado de Semana Santa y 1 de Mayo

En relación a los feriados de Semana Santa y 1 de mayo (día del trabajador), se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas después de las 18:00, los días viernes 2, sábado 3, viernes 30 de abril y sábado 1 de mayo de 2021.

Restricción vehicular

Jueves 1 de abril, a partir del mediodía (12h00) no podrán circular vehículos con placa IMPAR.
Viernes 2 de abril, no podrán circular los vehículos con placa PAR todo el día.
Sábado 3 de abril, no podrán circular los vehículos con placa IMPAR todo el día.
Domingo 4 de abril, no podrán circular los vehículos con placa PAR todo el día

Excepciones

Las medidas de restricción de circulación vehicular, no se aplicará para personas que requieran movilizarse y pertenezcan a sectores productivos, sus habilitantes serán, sus credenciales, guías de remisión, RUC, RISE.

En aquellos casos que se requiera movilización hacia aeropuertos, los habilitantes serán los pasajes del titular y, en casos de emergencias médicas debidamente comprobadas.

Cierre de playas

El COE nacional ha requerido a los COE cantonales en cuyas jurisdicciones existan playas, que estas permanezcan cerradas durante los días: 02, 03 y 04 de abril de 2021.