JUICIO 12203-2021-00487

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUEVEDO PROVINCIA DE LOS RIOS

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: HEREDEROS PRESUNTOS y DESCONOCIDOS del DE-CUJUS CESAR ANIBAL INSUASTI ARIAS

SE LES HACE SABER: Que por sorteo le correspondió conocer a esta Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quevedo Provincia de Los Ríos, la demanda de Ordinaria de Declaratoria de Unión de Hecho signada con el No- 12203-2021-00487, seguido por la señora  MARTHA MARCELA UBE RUIZ cuyo extracto es como sigue:

ACTORA:   MARTHA MARCELA UBE RUIZ DEMANDADOS: (HEREDEROS PRESUNTOS y DESCONOCIDOS)

OBJETO DE LA DEMANDA: Señora Jueza en la ciudad de Quevedo, Provincia de Los Ríos, el 20 de julio del año 2014, entre el señor CESAR ANIBAL INSUASTI ARIAS, de estado civil viudo, conforme se desprende de la copia de la cedula de ciudadanía, y del certificado de defunción que se adjuntó al memorial, y la suscrita compareciente MARTHA MARCELA UBE RUIZ, de estado civil soltera, conforme se desprende de la cedula, nos unimos, en unión estable, y monogamia, el 20 de julio del año 2014, la misma que la mantuvimos por más de 7 años, esto es hasta el día 5 de febrero del año 2021, fecha en que mi conviviente CESAR ANIBAL INSUASTI ARIAS, falleció, a causa del COVID 19, en el hospital del Seguro Social de la ciudad de Manta, Provincia de Mambí. Esta unión estable y monogamia, de 7 años entre CESAR ANIBAL INSUASTI ARIAS y mi persona MARTHA MARCELA UBE RUIZ, se cumplió con los fines propios de una relación marital por más de 7 años, nuestro hogar y domicilio donde hemos vivido como marido y mujer lo tuvimos inicialmente desde el 20 de julio del año 2014, ubicado en la parroquia urbana 24 de mayo perteneciente al Cantón Quevedo, Provincia de Los Ríos, en las calles Av. Walter Andrade y callejón sin nombre de la lotización la LORETO y posteriormente el día 15 de octubre del 2016 nos mudamos a la parroquia san camilo ubicado en el callejón B No. 105 entre José Joaquín de Olmedo y Jose Mejía.

CUANTIA: POR SU NATURALEZA INDETERMINADA. –

ACCION: DECLARATORIA DE UNION DE HECHO.-

JUEZA DE LA CAUSA PROVIDENCIA: Dra. Gloria del Rocio Segovia Vinza de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quevedo Provincia de Los Ríos, quien mediante Auto Interlocutorio de Calificación de fecha viernes 16 de abril del 2021, las 10h26, admite la demanda a trámite de Juicio Ordinario de DECLARATORIA DE UNION DE HECHO; y dispone que se CITE a los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida se llamó CESAR ANIBAL INSUASTI ARIAS, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, ya que la peticionaria bajo juramento declara que le es imposible determinar los domicilios actuales de dichos demandados.

Lo que comunico a ustedes para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles la obligación que tienen de señalar casillero judicial para las notificaciones correspondientes, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario serán declarados en rebeldía.

Quevedo, 27 de Abril del 2021

GALO LUIS MENDOZA SEGOVIA

SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE

FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUEVEDO